Un tríptico informativo orienta al usuario a la posibilidad de elegir notario

 

El Notariado riojano quiere que todos los ciudadanos conozcan su derecho a elegir libremente al notario que deseen, especialmente, cuando contratan un servicio financiero.

Así se refleja en los 2.500 trípticos informativos "Usted tiene derecho a elegir notario", editados por el Consejo General del Notariado, y distribuidos en las notarías riojanas.

En este folleto se explica al usuario dónde acudir en el caso de conflicto, se aclara que todos los notarios cobran lo mismo por idéntico servicio y se informa del derecho a poder ver la escritura de un préstamo hipotecario tres días antes de su firma.

En el material editado se recuerda también que el notario es un funcionario público, que controla la legalidad de los actos y contratos en que interviene como jurista y desarrolla su función en régimen de plena independencia e imparcialidad ante las partes.

Estos actos y contratos se plasman en la escritura pública, una prueba fehaciente de que lo que en ella se recoge es cierto y legal, y que lo autoriza y valida el Estado a través del notario, informa el Consejo General de Notariado, en una nota.

Para los notarios riojanos, la libre elección de notario es consecuencia de otra garantía básica, que es el derecho a recibir en tiempo oportuno información jurídica objetiva y necesaria para poder decidir con seguridad antes de firmar un contrato o acto jurídico.

Se trata, según estos profesionales, de una información imparcial de la que los ciudadanos deben disponer en la fase inicial de cualquier proceso y negociación.

El tríptico aclara también a quién le corresponde elegir notario si existe más de una parte.

Así, si las partes están de acuerdo, acudirán al notario que ellos decidan, mientras que, si no lo están, elegirá el que vaya a pagar la mayor cantidad.

Además, si uno de los contratantes es un gran operador y el otro un consumidor, el derecho de elegir notario corresponde siempre al consumidor.

En el caso de la solicitud de un préstamo hipotecario, si es un particular el que contrata con un promotor inmobiliario, una entidad financiera o un empresario, sea quien sea el que soporte los gastos, es el ciudadano al que le corresponde elegir notario, precisa el colectivo, que aclara que este derecho es irrenunciable.

La libertad de elección en la contratación de un servicio financiero es uno de los apartados en los que más se detiene el tríptico divulgativo.

Se explica también que en estos casos es obligado que un tercero independiente pueda asesorar al consumidor y garantizar el control preventivo para evitar litigios, y esa figura son los notarios, a quienes compete asegurar que la información precontractual es transparente y legal, lo que resulta necesario para que el ciudadano esté plenamente informado, preste un consentimiento válido y el contrato pueda realizarse con todas las garantías.

Los notarios recuerdan a los ciudadanos que acudan al notario con antelación para que, con calma, puedan brindarle el asesoramiento que necesiten.

También se informa a los ciudadanos que en caso de vulneración del derecho a elegir notario existen varias vías para hacerlo valer.